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CONDICIONES GENERALES DE VENTA, ENTREGA Y PAGO

1. GENERALIDADES

  1. Para la prestación de todas las entregas y servicios de LEICHT- Cocinas SA (en lo sucesivo:„LEICHT“o"nosotros") serán válidos exclusivamente los siguientes términos y condiciones generales de venta, entrega y pago ("GTC": general terms and Conditions; TCG) en su versión más reciente.

  2. Estos términos y condiciones se aplican solo si el comprador es un empresario (artículo14 del Código Civil), una persona jurídica o un fondo común de inversión de derecho público

  3. Estos términos y condiciones se aplican a menos que se acuerde lo contrario, como un acuerdo marco en el momento del pedido, o al menos en la última versión válida notificada al comprador, también para todos los negocios futuros sobre la venta y/o la entrega de cosas muebles con el mismo comprador, sin que tengamos que indicar esto de nuevo en cada caso individual.

  4. Nos reservamos el derecho de modificar estos términos y condiciones cuando sea necesario como consecuencia de modificaciones en las leyes, la jurisprudencia u otras condiciones marco esenciales. Informaremos al Comprador del cambio previsto en forma de texto con al menos seis semanas de antelación. Las modificaciones se considerarán aceptadas si el Comprador no se opone a ellas antes de que entren en vigor. Esto no se aplica a los cambios que modifiquen las obligaciones contractuales esenciales y alteren significativamente la relación de equivalencia entre prestación y contraprestación.

  5. Con esto las condiciones conflictivas - en especial condiciones particulares de compra del comprador - son objetadas de manera explícita. Esto también se aplica en el caso de que nosotros, al conocer los términos y condiciones conflictivos del comprador, brindemos la entrega o servicio de manera incondicional. En todo caso el comprador reconoce la validez de nuestros TCG, si acepta las entregas o servicios proporcionados por nosotros totalmente o en parte, o al realizar pagos sobre el precio de compra. Solo reconoceremos discrepancias con nuestros TCG si las hemos confirmado expresamente por escrito. Salvo que se acuerde expresamente otro arreglo, esta discrepancia confirmada será válida solamente para el caso individual regulado.

  6. Los muebles estándar se venden por modelo, por lo que no hay reclamación por entrega de muestras de exposición. Las ilustraciones en catálogos etc. son sin compromiso.

2. OFERTAS Y CONFIRMACIONES DE PEDIDOS

  1. Todas nuestras ofertas son sin compromiso.

  2. Un contrato se realiza con el ingreso escrito de la confirmación del pedido y enviado por nosotros al cliente - a falta de un acuerdo especial. Tambien contratos con representantes y empleados recién serán efectivos con nuestra confirmación de pedido, de manera escrita.Esta confirmación de pedido es decisiva para el alcance de nuestra obligación de entrega. Si no confirmamos el pedido, el contrato se realizará a más tardar con nuestra ejecución del pedido.

  3. Al término del contrato no existen acuerdos verbales. En algunos casos los acuerdos individuales del comprador alcanzados expresamente con nosotros (incluyendo cláusulas accesorias, adiciones y cambios) tienen prioridad en cualquier caso sobre estos términos y condiciones - en la medida en que se realizaron después de la conclusión del contrato. Para el contenido de tales acuerdos individuales es decisivo un contrato por escrito o, - si tal contrato no existiera - sujeto a la contraprueba del comprador, nuestra confirmación del pedido al comprador, de acuerdo con el párrafo 2 inc.2) de estos Términos y Condiciones.

  4. En el caso de pedidos a demanda, tenemos el derecho de proporcionar el material para todo el pedido y producir inmediatamente la cantidad total del pedido. Eventuales solicitudes de cambio por parte del comprador por lo tanto ya no podrán ser consideradas después de realizar el pedido, salvo que esto haya sigo acordado expresamente.

  5. Se reserva el derecho para las diferencias habituales en el modelo, diseño, color y en la chapa; estas no facultan para reclamación de la mercancía, como tampoco por ningún cambio que sirva al progreso técnico. Esto vale especialmente para los pedidos suplementarios.

3. ESPECIFICACIONES

  1. Sugerencias de instalación, posibilidades de aplicación, recomendaciones de materiales y otros datos sobre el objeto de producción (por ejemplo, en catálogos, informaciones sobre los productos, medios electrónicos o en etiquetas) incluyendo declaraciones públicas o publicidad siempre dependen del área de aplicación respectiva y de la aplicación en la que se utilizarán los elementos de entrega, y no constituyen un acuerdo o garantía de calidad general y siempre vinculante - a menos que se haya acordado expresamente como tal. Además, la información acerca de la calidad y las posibilidades de aplicación de nuestros productos tampoco contiene garantías, en especial de acuerdo con los artículos 443, 444 y 639 del Código Civil, a no ser que éstas sean designadas especialmente y por escrito como tales a la conclusión del contrato.

4. ENTREGA Y PLAZO DE ENTREGA

  1. Los plazos de entrega son, incluso si se ha acordado una fecha de entrega con el comprador, solo aproximados y no vinculantes, salvo que la fecha de entrega haya sido expresamente acordada como fija, es decir, que se ha determinado por escrito que el comprador ya no tiene ningún interés en la entrega después de que haya expirado el plazo.

  2. Una fecha de entrega confirmada está condicionada a la correcta, completa y oportuna entrega por parte de nuestros proveedores, cuando hemos cerrado una transacción de cobertura de riesgos congruente, cuando ni nosotros ni nuestros proveedores incurrimos en una falta grave o cuando, en casos individuales, no estamos obligados al suministro.

  3. La entrega es en fábrica, donde se encuentra el lugar de desempeño para la entrega y cualquier cumplimiento posterior. A solicitud y costo del comprador, las mercancías se enviarán a otro destino (compra en consignación/por correspondencia). A menos que se acuerde lo contrario, tenemos derecho a determinar la naturaleza del envío (en particular la empresa de transporte, la ruta de envío, el embalaje).

  4. El plazo de entrega se cumple si el artículo de entrega ha salido de nuestra fábrica hasta el momento en que el plazo expira, o cuando hemos notificado al comprador de la disponibilidad para el envío. El plazo de entrega no comienza a correr mientras el comprador no haya cumplido con sus obligaciones adecuadamente, como p.ej. la entrega de datos técnicos y documentos, los permisos y un pago inicial o la transferencia de una garantía de pago.

  5. Estamos autorizados a realizar entregas parciales en el alcance razonable para el comprador.

  6. En el caso de pedidos a demanda y las conclusiones de contratos de entrega, sin fecha vinculante, el comprador está obligado a darnos por escrito una fecha de aceptación vinculante con seis (6) semanas de anticipación.

5. ENVÍO Y TRANSFERENCIA DE RIESGOS

  1. El riesgo de pérdida accidental y el deterioro accidental de las mercancías pasará al comprador a más tardar en el momento de su entrega. Sin embargo, en el caso de la compra en consignación/ por correspondencia, el riesgo de pérdida accidental y deterioro accidental de las mercancías, así como el riesgo de demora, ya pasa al momento de la entrega de las mercancías al agente de transportes, al transportista o a la persona designada para llevar a cabo la consignación en el momento de la entrega de la mercancía. Sin embargo, en tanto que se haya acordado una compra, esta será decisiva para la transferencia de riesgo. Por lo demás para una compra acordada también se aplican las disposiciones legales correspondientes del régimen del contrato de obra. Para la entrega o la compra es lo mismo, si el comprador se retrasa con la aceptación/recepción.

  2. Si el envío se retrasa debido a una circunstancia de la cual el comprador es responsable, el riesgo se transfiere al comprador en el momento de la notificación del servicio de envío.

  3. Si el envío se retrasa a petición del comprador, tenemos derecho, después de haber establecido un plazo razonable para la recepción de la entrega, a disponer de otra manera del artículo de la entrega por su infructuoso proceso, y a proveer al comprador en un período de tiempo razonablemente extendido.

  4. El comprador está obligado a inspeccionar inmediatamente las mercancías entrantes en busca de daños por el transporte y reportar al transportista daños externos visibles al momento de la entrega. Esta notificación debe identificar claramente el daño y deberá anotarse en los documentos que lo acompañan.

  5. Las pérdidas /los daños externos por el transporte, reconocibles / irreconocibles, deben ser informados por escrito dentro de los siete (7) días después de la entrega.

  6. Los costos del material de embalaje correrán a cargo del comprador. Devolución solo para palets reutilizables.

6. PRECIOS

  1. A menos que se acuerde lo contrario por escrito, nuestros precios están en euros a partir de fábrica, más IVA y gastos de embalaje como de transporte. 2.) En el caso de entregas parciales, cada entrega se podrá facturar por separado.

  2. Nos reservamos el derecho de facturar el servicio acordado por correo postal o electrónicamente por correo electrónico. El comprador debe asegurarse de que todos los envíos electrónicos de facturas puedan enviarse por correo electrónico debidamente a la dirección de correo electrónico proporcionada por el comprador.

  3. Para contratos con asociaciones de compra, se aplican los acuerdos realizados por escrito con estas asociaciones.

  4. No estamos obligados a aceptar cheques y otras promesas de pago. Los cheques sólo se aceptarán después de un acuerdo por escrito, por razones de cumplimiento.

  5. Como fecha de recepción del pago vale el día en que se recibe o acredita el importe en nuestra cuenta bancaria. En caso de incumplimiento de pago por parte del comprador, tenemos derecho a cobrar intereses por un monto de 9 puntos porcentuales por encima de la tasa de interés base, así como una suma global de 40 EUR durante la duración de la demora. El derecho de hacer valer otras acciones de resarcimiento no estará limitado por ello.

  6. No devengamos intereses en pagos anticipados o a plazos.

  7. Si después de la conclusión del contrato reconocemos cualquier circunstancia de la cual podemos concluir que el comprador no tiene suficiente capacidad, es decir, surgen por ejemplo dudas razonables sobre la solvencia del comprador, y nuestra reclamación a la contraprestación se encuentra en peligro, entonces tenemos el derecho, independientemente de los cheques en curso, a denegar nuestro propio desempeño - en la medida en que aún no se haya proporcionado. Asi, por ejemplo, si se ha presentado una solicitud de apertura de un procedimiento de insolvencia. En este caso, podemos establecer un plazo dentro del cual el comprador podrá, a su elección, sin interrupción, pagar o proporcionar seguridad por el servicio que realizaremos nosotros. Después del vencimiento del plazo, podemos rescindir el contrato, si no se efectuó ni un anticipo, ni una garantía. En el caso de contratos para la producción de artículos inaceptables (producciones únicas), sin embargo, podemos declarar nuestra renuncia de inmediato; las disposiciones legales sobre la dispensabilidad de determinación del plazo no se verán afectadas.

  8. Las deducciones de descuento solo podrán ser aceptadas por nosotros si el comprador no está en retraso con sus pagos a nosotros.

8. COMPENSACIÓN Y DERECHO DE RETENCIÓN

  1. Con respecto a otras entregas tenemos el derecho de retención hasta que todas las entregas anteriores hayan sido pagadas, en tanto que debido a la relación real y temporal de nuestros servicios, o a los pedidos múltiples de productos similares, exista una unidad económica entre las entregas (conexión).

  2. Queda excluida la retención de pagos debidos a cualquier reclamo del comprador contra nosotros, que se basen en otra relación contractual que se haya cerrado con nosotros. Por lo demás, el comprador tiene el derecho de retención solo en la medida en que sus reclamaciones sean incuestionables o estén legalmente establecidas. Sin embargo, si hay un defecto en los bienes entregados, el comprador tiene derecho a retener el precio de compra en una proporción razonable al defecto.

  3. Se excluye la compensación del comprador contra nuestras exigencias con exigencias propias, a menos que se trate de exigencias incuestionables o legalmente establecidas.

9. FUERZA MAYOR

  1. Eventos de fuerza mayor, así como otras circunstancias, como especialmente disputas laborales, disturbios, conflictos bélicos o terroristas, que acarrean consecuencias impredecibles para la capacidad productiva, nos eximen durante la duración de la obstaculización y en la medida de su efecto, de nuestra obligación de producir, en la medida en que no seamos responsables de estos eventos, incluso si estamos en demora. Lo mismo se aplica si por fuerza mayor se hace imposible la ejecución oportuna de las órdenes aceptadas. En consecuencia, no asumimos ningún riesgo de suministro. Tenemos derecho a rescindir el contrato, en la medida en que no recibamos el artículo de entrega de un proveedor de nuestra parte, a pesar de la conclusión previa del contrato de compra correspondiente; nuestra responsabilidad por la intención o negligencia no se verá afectada, conforme a la sección 13. Si estas circunstancias duran más de dos meses, también tenemos derecho a rescindir el contrato, sin reclamos de compensación por daños por parte del comprador. Informaremos de inmediato a los compradores sobre la no disponibilidad puntual del artículo de entrega, y, en caso de que nosotros retiremos el producto, si ya se realizó la contraprestación correspondiente, se la reembolsará de inmediato.

10. RETRASO E IMPOSIBILIDAD

  1. El retraso siempre requiere de un aviso. En el caso de un retraso levemente negligente en la entrega, el comprador puede exigir por cada semana de demora en la entrega una compensación del 0.5% del valor neto del pedido individual, pero no más del 5% del valor de esa parte de la entrega total, que como resultado de un retraso no se puede utilizar o no de manera oportuna según contrato. Esta cantidad de la compensación será más baja / más alta, si demostramos un daño menor o el comprador un daño mayor.

  2. Sin perjuicio de un derecho de rescición del comprador debido a defectos (ver cláusulas 11 y 12 de estos TCG), el comprador puede ejercer su derecho de rescición en caso de imposibilidad de cumplimiento o retraso, unicamente existiendo un incumplimiento sustancial de las obligaciones por el cual somos responsables.

  3. Finalmente, la renuncia se excluye cuando el comprador es el único o es preponderantemente el responsable de las circunstancias que darían derecho a la renuncia, o se produce una circunstancia de la cual no somos responsables durante el retraso de la aceptación del comprador.

  4. En el caso de retraso, la dimisión o la compensación por daños en lugar del rendimiento también presuponen que el comprador nos haya presentado previamente por escrito en un plazo razonable de al menos cuatro (4) semanas y haya declarado explícitamente que se retira del contrato en caso de incumplimiento del plazo y/o que hace valer la compensación por daños o el reembolso de gastos. Una vez vencido el plazo, el comprador estará obligado, a solicitud nuestra, a declarar si continúa insistiendo en la entrega, reclama compensación por daños o reembolsos de gastos, o si se retira del contrato. Si el comprador no realiza dicha declaración dentro de un plazo establecido por nosotros, ya no tiene derecho a rechazar la entrega y no puede hacer valer los derechos mencionados.

  5. Se puede prescindir de tal fijación de un plazo según párr.10 inc.4) de los Términos y Condiciones Generales(TCG) si nos negamos seria- y definitivamente a realizar el servicio por contratado, o si existen circunstancias que justifiquen la rescisión inmediata, después de considerar los intereses mutuos. La reclamación por daños o reembolso de gastos está sujeta a la cláusula 13 de estos TCG.

11. RECLAMACIÓN EN CONTRATO DE COMPRA Y DE OBRA CON SUMINISTRO

  1. Los defectos legales o materiales, la falta de calidad garantizada o la durabilidad del artículo entregado, así como una entrega por encima, por debajo o equivocada (deficiencia) deberán ser reclamados inmediatamente por escrito por el comprador, en la medida en que sean evidentes, a más tardar ocho (8) días después de la llegada de la mercancía en el lugar de destino, y antes de su procesamiento o antes de la entrega o reventa, especificando con exactitud los supuestos defectos individuales. El embalaje debe abrirse en la medida de lo posible. Una queja por defectos obvios se excluye tan pronto como los productos hayan sido procesados o instalados en otra cosa. En el caso de la inspección habitual de recepción de mercadería, el comprador también deberá informar por escrito los defectos que no son reconocibles de inmediato, a más tardar ocho (8) días después de la detección. Las reclamaciones deben ser recibidas por nosotros dentro del período de garantía.

  2. El comprador deberá cumplir con su obligación de inspección y de queja, de acuerdo con los artículos 377 y 381 del Código de Comercio. Para los defectos que no son notificados o se notifican retrasadamente, se descartan todos los reclamos de garantía contra nosotros.

  3. A pesar de las quejas presentadas, el comprador está obligado a aceptar los bienes, descargarlos y almacenarlos adecuadamente.

12. RECLAMACIONES POR VICIOS

  1. Las reclamaciones por defectos tampoco se aprueban, si solamente hay una desviación insignificante de los productos respecto de la calidad acordada, en caso de un deterioro insignificante de la capacidad de uso, almacenamiento inadecuado - especialmente por el almacenamiento contrario a nuestras instrucciones - como así también si el defecto se debe a la violación de instrucciones de operación, mantenimiento e instalación impecables, al uso incorrecto o inadecuado, tratamiento o montaje defectuoso o negligente, desgaste natural o interferencia en el objeto de entrega realizado por el comprador o terceros. Los intentos indebidos por parte del comprador o un tercero para rectificar los defectos tienen como consecuencia la pérdida de todas las reclamaciones por esos defectos, en la medida en que se haya incrementado el costo de la rectificación del defecto, del defecto tratado de manera inadecuada, o se hayan causado otros defectos o daños. En el caso de entregas y pedidos posteriores, las discrepancias antes mencionadas no dan derecho a una reclamación por defectos.

  2. Las discrepancias descriptas en punto 2 inc.3 de estos términos y condiciones no describen defectos. Esto se aplica en particular a las diferencias en la estructura de la madera, los textiles, el cuero y las diferencias de color en la madera y las láminas de plástico y las películas de plástico. Las partes pintadas están sujetas a un proceso natural de envejecimiento. Por lo tanto, para entregas posteriores, las diferencias de color atribuibles no dan derecho a un nuevo aviso de defectos.

  3. En el caso de la existencia de un defecto, procederemos a la eliminación del defecto (reparación) o una entrega compensatoria, según nuestro criterio, con una queja oportuna, de acuerdo con el párr.11 de estos términos y condiciones, siempre y cuando el comprador demuestre que el defecto ya estaba en el momento de la transferencia del riesgo. El lugar de cumplimiento del desempeño complementario será en el lugar de entrega. Esto no se aplica si elegimos el retoque como desempeño suplementario y el artículo a reparar no puede ser transportado hasta nosotros.

  4. En caso de un fallo del cumplimiento posterior, es decir, que nos hemos permitido un período razonable de al menos cuatro (4) semanas para remediar el defecto, para haber realizado una reparación en dos ocasiones o un reemplazo único y, si el defecto existente no pudo ser eliminado con ello, así como en el caso de que rechacemos injustificadamente una reparación requerida o una entrega de compensación, demoremos indebidamente o si por algún motivo, no se puede exigir un retoque al comprador, así como si se cumplen las condiciones de los artículos 281 (2) ó 323 (2) del Código Civil, o si tenemos el derecho de rechazar el desempeño suplementario debido a la desproporcionalidad (ver punto 12 (5) de estos TCG), - entonces el comprador podrá, en lugar de rectificación o de entrega posterior, hacer valer los recursos legales previstos para retiros y reducciones, así como también la compensación por daños o reembolsos de gastos; esta última en el marco del siguiente punto 13 de estos TCG. Sin embargo, solo por defectos menores, el comprador no tiene derecho de anulación.

  5. Por lo demás, no estamos obligados a reparar o reemplazar, si esto solo es posible con costos desproporcionados. Toda forma de desempeño suplementario puede ser rechazada por nosotros, si tanto los costos probables de la reparación como los de la entrega posterior exceden en un 100% el precio de compra del artículo de la entrega contratada.

  6. Por los defectos de una parte de la entrega no se puede poner reparos a la entrega completa, a menos que para el comprador sea inaceptable aceptar la parte sin defectos de la entrega.

  7. Para la mercancía que según lo acordado no entregamos como nueva, el comprador no tiene derecho a reclamos para la realización, reducción y cancelación posteriores. Para reclamaciones por gastos y daños vale el punto 13 de estos términos y condiciones. Para productos de terceros nuestra garantía se limita a la cesión de reclamaciones que tenemos contra el proveedor del producto de terceros. Para el caso de que el comprador no pueda hacer valer sus derechos de garantía contra el proveedor del producto de terceros, proporcionamos la garantía dentro del marco de estos términos y condiciones.

  8. Podemos exigirle al comprador una compensación por los costos incurridos en relación con una solicitud de eliminación de defectos injustificada (en particular, costos de inspección y transporte), a menos que la falta de defectos no sea evidente para el comprador. En el caso de entrega de reemplazo, el comprador estará obligado a devolver los productos defectuosos a petición. Las partes reemplazadas bajo garantía se convertirán en nuestra propiedad.

13. INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS

  1. A menos que se haya acordado lo contrario en estas disposiciones, se excluyen todas las reclamaciones del comprador por indemnización de daños y perjuicios de cualquier tipo, incluido el reembolso de los gastos y las reclamaciones por indemnizaciones por daños indirectos, como la pérdida de beneficios. Esto se aplica en particular a las reclamaciones por todos los incumplimientos de deberes que surjan de la obligación contractual y por un acto ilícito. El descargo de responsabilidad se aplica incluso si hemos empleado asistentes o auxiliares, y para nuestros empleados ejecutivos.

  2. No obstante lo dispuesto en el punto 13 párrafo 1 de estos términos y condiciones, somos responsables, sin importar el motivo legal, únicamente - y esto también se aplica si hemos empleado personal ejecutivo, asistentes o auxiliares, si: (a) somos culpables de negligencia o intención grave, (b) hemos ocultado un defecto de manera fraudulenta o hemos asumido una garantía por la calidad de los artículos de entrega, (c) causamos de forma culpable daños a la vida, salud o cuerpo, así como cuando (d) hemos violado las llamadas obligaciones fundamentales, es decir, I.- en el caso de incumplimientos importantes del deber, que pongan en peligro el cumplimiento del objetivo del contrato, o: II. en el caso de incumplimiento de obligaciones, cuyo cumplimiento permita la correcta ejecución del contrato, y en la cual el comprador debe poder confiar regularmente ("obligaciones fundamentales").

  3. En el caso del punto 13 párrafo 2 (d) de estos términos y condiciones (infracción de las obligaciones fundamentales), nuestra responsabilidad es sin embargo limitada, en el caso de una ligera negligencia en cuanto al monto de la compensación por el daño predecible, que generalmente ocurre.

  4. La exención de responsabilidad no se aplica a las reclamaciones en virtud de la Ley de Responsabilidad de Productos. Un cambio en la carga de la prueba en detrimento del comprador no está asociado con las regulaciones mencionadas anteriormente.

14. PRESCRIPCIÓN DE RECLAMACIONES POR DEFECTOS

  1. El plazo de prescripción que dispone el artículo 438 (1) Nro. 3 del Código Civil, artículo 445b (1) o el artículo 634a (1) Nro. 1 del Código Civil para todos los reclamos de garantía es de doce (12) meses desde la entrega de los artículos de la entrega - o, si se ha acordado una compra, a partir de la recepción de los artículos de la entrega, a menos que se hayan realizado acuerdos diferentes en casos individuales. La suspensión de la expiración del artículo 445b párrafo 2 concluye después de tres (3) años.

  2. A pesar de esto, los períodos de limitación estatutarios también se aplican al alcance de la aplicación de los artículos 438 (1) Nro. 3, 445b (1) y (2) o 634a (1) Nro. 1 del Código Civil: - por daños resultantes de lesiones a la vida, al cuerpo o a la salud, causados por un defecto del que somos responsables, - si el defecto se basa en un incumplimiento intencional o negligencia grave por parte nuestra, - en el caso de ocultación fraudulenta de un defecto, - en el caso de garantías (artículos 444 y 639 del Código Civil), y - si el último contrato en la cadena de suministro según el artículo 445a del Código Civil es un contrato de consumo (según artúculo 474 del Código Civil).

  3. Las reclamaciones derivadas de la Ley de Responsabilidad de Productos, así como las disposiciones legales sobre la inhibición de la caducidad, la suspensión y el nuevo inicio de los plazos no se verán afectados.

15. RESERVA DE DOMINIO

  1. Los bienes entregados por nosotros seguirán siendo de nuestra propiedad hasta que el comprador haya pagado todos los cobros pendientes con nosotros en el momento de la conclusión del contrato, a través de las respectivas relaciones de entrega con el comprador, que ya han surgido y surgirán en el futuro. (Reserva ampliada del título como reserva de responsabilidad de saldo o reserva en cuenta corriente). Si hemos aceptado cheques en interés del comprador como condición de cumplimiento, todas las entregas seguirán siendo de nuestra propiedad hasta la liberación total de dichos pasivos. El cese de reclamaciones individuales en una cuenta corriente, así como la extensión del saldo y su reconocimiento no afectan la retención del título.

  2. Sin embargo, el comprador tiene derecho, siempre y cuando no esté en incumplimiento de pago, a revender los bienes entregados bajo reserva en su normal gestión de negocios. Él ya nos cede todos los reclamos que surjan de la reventa a terceros en el monto del valor de factura respectivo, acordado entre el comprador y nosotros, con todos los derechos complementarios. (Retención extendida del título). Aceptamos la cesión. Otras cesiones son inadmisibles. El comprador tiene derecho a cobrar estas reclamaciones, sujeto a la revocación y siempre que no esté en incumplimiento de pago. Si el comprador cae en retraso de sus obligaciones con nosotros, debe notificar a los deudores de la cesión. En este caso, nosotros también tenemos derecho a comunicar la cesión a los deudores respectivos y ejercer nuestra autoridad de cobro. Por lo tanto, el comprador está obligado a entregarnos todos los documentos y divulgar los nombres de sus clientes, para que estemos en condiciones de recoger el reclamo nosotros mismos.

  3. El comprador tiene derecho y está autorizado a revender el artículo de entrega solo en el curso normal y ordenado del negocio y solo con la condición de que realmente transfiramos los reclamos asignados conforme al punto 15 párrafo 2) anterior. El comprador no tiene derecho a otras disposiciones sobre los artículos de entrega. Además, el comprador no tiene derecho a empeñar bienes reservados ni a cederlos como garantía a terceros. En caso de medidas de cumplimiento de cualquier tipo, que los terceros toman en relación con nuestros productos reservados, el comprador deberá informarnos por escrito inmediatamente. Deberá proporcionarnos toda la información necesaria, para que estemos en condiciones de poder presentar una demanda de oposición a terceros; los gastos incurridos a este respecto correrán a cargo del comprador.

  4. El comprador está autorizado para procesar y trasformar los artículos entregados dentro del marco de sus operaciones comerciales normales. El comprador realiza el procesamiento y la adaptación de los artículos entregados en vez de nosotros, sin ninguna obligación de nuestra parte. En el caso de procesar, combinar, mezclar o combinar los artículos de entrega con otros bienes no suministrados por nosotros, tendremos una copropiedad del nuevo artículo, en proporción al valor de la factura de los artículos de entrega a los otros productos procesados en el momento del procesamiento, combinación, mezcla o combinación. En la medida en que el comprador adquiera la propiedad exclusiva del nuevo artículo por ley, nos concederá la propiedad conjunta del nuevo artículo en la relación descrita anteriormente y se comprometerá a mantener este artículo de forma gratuita para nosotros.

  5. Si el comprador no se comporta de acuerdo con el contrato, especialmente si no cumple con sus obligaciones de pago o si incumple su deber de tratar el artículo de entrega con cuidado, entonces tenemos derecho a rescindir el contrato después de una advertencia y a establecer un plazo y recuperar el artículo de entrega. En este caso, el comprador está obligado a la restitución, después de nuestra declaración de renuncia.

  6. El comprador debe informarnos sin demora y entregar los documentos necesarios para la objeción contra las medidas de ejecución forzosa de terceros por el artículo de entrega sujeto a la reserva de dominio, o en las reclamaciones que se nos asignen.

  7. El comprador no residente en el país realizará cualquier acto requerido por la ley u otra acción necesaria para que nuestra reserva de dominio sea vigente en el país en el que se realiza la entrega, según lo dispuesto en estos Términos y Condiciones.

  8. El comprador está obligado a asegurar a su cargo suficientemente los bienes reservados. Tenemos derecho a solicitar en cualquier momento la presentación de la póliza de seguro correspondiente, así como los recibos de primas correspondientes.

  9. Nos comprometemos a liberar valores a solicitud del comprador a nuestra discreción, si el valor realizable de los valores otorgados a nosotros excede nuestras reclamaciones en más de un 20%.

16. PATRONES, DIBUJOS, LISTAS DE PRECIOS

  1. Para todos nuestros documentos, como ser: especificaciones, planos, notas, instrucciones, comunicaciones técnicas o datos técnicos, tanto en papel como en formato electrónico, nos reservamos todos los derechos (incluidos derechos de autor, derechos de propiedad intelectual, patentes, modelos de utilidad, protección jurídica de topografías, diseños, marcas registradas). El material que entregamos al comprador sigue siendo de nuestra propiedad. Al ser solicitado, deberá ser devuelto de forma gratuita. Los materiales no pueden estar disponibles para terceros sin nuestro expreso consentimiento previo y por escrito.

  2. Todos los modelos están protegidos por la ley. Las imitaciones serán rastreadas/procesadas. Los dibujos, clichés, reproducciones y/u otras ilustraciones de nuestros modelos creados por el comprador o vendedor, así como los nombres "Leicht", "Alsa", "Contempi" e "Interstar" solamente podrán ser usados o mostrados de otra manera en periódicos, folletos publicitarios, etc. con nuestro expreso permiso por escrito. Lo mismo vale para las denominaciones y nombres de nuestros modelos. En caso de una violación, estamos autorizados a hacer valer un derecho de retención; además otras reclamaciones quedan bajo reserva.

  3. Para el trabajo publicitario, proporcionamos a nuestros compradores material de texto, imagen y video en nuestra página de inicio para descargar. Otorgamos de manera revocable en cualquier momento, el derecho simple e intransferible de utilizar el logotipo, el texto, la imagen y el material de video, en particular en etiquetas, empaques y publicidad. El derecho de uso está sujeto a las siguientes restricciones: - El texto, la imagen y el material de video proporcionados solamente se pueden usar bajo el nombre de LEICHT Küchen AG (en letras o logotipo) - El logotipo, así como el texto, la imagen y el material de video solo se pueden utilizar en el diseño y la forma dados, es decir, no se permiten cortes, montajes, versiones fototécnicamente o electrónicamente modificadas, ni reproducciones. - Del uso del logotipo después de finalizar la actividad como distribuidor de LEICHT, no se podrán derivar derechos contra nosotros. Cualquier uso de texto, imagen o material de video y/o del logotipo, que diera la impresión que el comprador y nosotros somos empresas afiliadas, es inadmisible. Del mismo modo no está permitido sin nuestro consentimiento previo por escrito, el uso del logotipo en relación con el nombre de una ciudad, la región y/o la dirección o sus variantes. - El uso de la marca LEICHT como dominio o parte de un dominio no está permitido sin nuestro consentimiento previo por escrito. Esto también se aplica a todos los medios digitales (cuentas de correo electrónico, sitios-web, cuentas de página de inicio, cuentas de redes sociales como Facebook, Pinterest, Instagram, Twitter, así como todas las demás plataformas de Internet). Después de una revocación del derecho de uso, otorgamos un período de agotamiento de 9 meses. El derecho de rescisión por buena causa, según el artículo 314 del Código Civil permanece intacto.

17A. TRANSACCIONES RELACIONADAS CON LA FEDERACIÓN DE RUSIA Y BIELORRUSIA

  1. El Comprador no podrá vender, suministrar, transportar, exportar ni reexportar productos que le hayamos entregado y que entren en el ámbito de aplicación del artículo 12g del Reglamento (UE) n.º 833/2014, ni directa ni indirectamente, a la Federación de Rusia ni para su uso en la Federación de Rusia. El Comprador no podrá vender, suministrar, transportar, exportar ni reexportar productos que le hayamos entregado y que entren en el ámbito de aplicación del artículo 8g del Reglamento (CE) n.º 765/2006, ni directa ni indirectamente, a Bielorrusia ni para su uso en Bielorrusia

  2. Si los productos que nos han sido comprados son (re)vendidos, (re)exportados, entregados o cedidos de cualquier otra forma a terceros, el cliente estará obligado a asegurar que esos terceros asuman la obligación del párrafo 1 del punto 17a y que estos a su vez la impongan a sus propios clientes. En caso de infracción de esta obligación por parte de terceros, el Comprador deberá informarnos inmediatamente.

  3. Cualquier incumplimiento de los párrafos 1 y/o 2 del presente punto 17a constituirá una infracción sustancial de las obligaciones y nos otorga el derecho de rescindir el contrato con efecto inmediato o de cancelarlo (siendo suficiente la forma escrita). Quedan excluidas las reclamaciones por daños y perjuicios del Comprador contra nosotros derivadas o relacionadas con dicha cancelación o rescisión de conformidad con este párrafo. Además, en caso de incumplimiento de los párrafos 1 o 2 de este punto 17a por parte del Comprador, tendremos derecho a exigir al Comprador una penalización contractual por un importe del 10 % del valor contractual o del precio de los productos entregados en contra de las prohibiciones de los párrafos 1 y 2 del punto 17a, el que sea mayor, y el Comprador nos indemnizará por todos los costes u otros daños (en particular, reclamaciones de terceros, multas, daños inmateriales) en que incurramos como consecuencia del incumplimiento por parte del Comprador de los párrafos 1 y 2 del presente punto 17a, a menos que el Comprador demuestre que no es responsable del incumplimiento. La penalización contractual se compensará con cualquier reclamación por daños y perjuicios.

  4. Nos reservamos el derecho a supeditar la entrega de productos a la recepción de una prueba concluyente de utilización final por parte del usuario final. Si tenemos dudas justificadas sobre el cumplimiento por parte del Comprador de los párrafos 1 y/o 2 del punto 17a, podremos denegar la entrega al Comprador hasta que estas dudas se hayan disipado objetivamente. Cualquier reclamación del Comprador contra nosotros por incumplimiento o cumplimiento tardío quedará excluida mientras dure este derecho a denegar el cumplimiento.

  5. Tenemos derecho a comprobar posteriormente el paradero de los productos entregados al Comprador. Para estos fines, el Comprador deberá facilitarnos los documentos y pruebas necesarios inmediatamente después de que se lo solicitemos. También estamos autorizados a comprobar el paradero de los productos mediante inspecciones in situ o a encargar a terceros que realicen inspecciones in situ. También tenemos el derecho de rescindir total o parcialmente el contrato mediante notificación por escrito al Comprador, o de retirarnos del contrato a nuestra elección, si el Comprador no proporciona la información y documentación solicitadas o se niega a permitir una inspección in situ por parte nuestra o de un tercero designado por nosotros, a menos que el Comprador pueda demostrar que no puede proporcionar los documentos o la información solicitada por razones que no le son imputables o que la realización de la inspección in situ no es posible o razonable debido a circunstancias que no le son atribuibles. El derecho a rescindir o cancelar el contrato en caso de incumplimiento demostrable de la obligación especificada en el párrafo 2 no se verá afectado. En caso de rescisión/cancelación de conformidad con este párrafo, tendremos derecho al reembolso de los costes de los trabajos ya realizados hasta ese momento. Quedan excluidas las reclamaciones por daños y perjuicios del Comprador contra nosotros derivadas o relacionadas con la rescisión de este contrato de conformidad con este párrafo.

  6. Además, el Comprador deberá acordar con sus clientes mecanismos de supervisión, derechos de acceso, información y auditoría comparables a los establecidos en el párrafo 4 del punto 17a, para aquellos a quienes entregue nuestros productos objeto de este punto 17a. También deberá aplicar estos mecanismos de supervisión de forma periódica y proporcionarnos pruebas de su establecimiento y aplicación en el sentido de este párrafo cuando así se le solicite

18. DISPOSICIONES FINALES

  1. El comprador tiene derecho a ceder o transferir reclamaciones únicamente después de nuestro consentimiento previo.

  2. Para estos términos y condiciones y toda la relación legal entre el comprador y nosotros, se aplica exclusivamente la llegislación de la República Federal de Alemania. Se descarta la aplicación de la Convención de las Naciones Unidas sobre Contratos para la Venta Internacional de Bienes del 11.04.1980.

  3. El lugar de cumplimiento de todas las obligaciones mutuas, en particular para los pagos del comprador y para nuestras entregas, es la sede de nuestra empresa en Waldstetten.

  4. Para todas las disputas que surjan directa o indirectamente de la relación comercial, incluidas las que surjan de letras de cambio, de aceptaciones o cheques dados en pago, se acuerda como exclusivo lugar de jurisdicción nuestra sede en Schwäbisch Gmünd,- también internacionalmente, siempre que la otra parte contratante sea un comerciante o una persona jurídica o un fondo especial de derecho público. El demandante también tiene derecho a demandar en el domicilio del demandado.

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